Reproducción asistida: una ley NAZI
Cayó en mis manos la nota de la Conferencia Episcopal Española sobre la recién aprobada nueva Ley de Reproducción Asistida , y estoy asqueado. Toda esta ley, es casi tan aterradora como la biografía de Gerald L. Posner sobre Mengele que me estoy leyendo.
La ley anterior no es que fuera de mi agrado, pero a la Ministra Salgado se le ha ido la mano con el rímel de maquillaje progre que le querían dar a este asunto. Además, no hacía falta, porque la ley antigua sólo tenía dos años.
Esta ley es una barbaridad que consagra la eugenesia más atroz, sin pies ni cabeza, ante el silencio cómplice y asqueroso de muchos que miran para otro lado, cuando no se lucran directamente. Con esta ley la dignidad humana a quedado por debajo de la de las amebas. A partir de ahora somos material biológico útil para las multinacionales, para curarle verrugas a alguna actriz cocainómana imbécil de Hollywood.
Destaco varios parrafos, y quien esté en contra, que presente argumentos por favor:
1.Se trata de producir seres humanos clónicos a los que, además, no se les dejará nacer, sino que se les quitará la vida utilizándolos como material de ensayo científico a la búsqueda de posibles terapias futuras. La Ley permite estas gravísimas injusticias y, además, quiéralo o no, abre también la puerta a la futura producción de niños clónicos, es decir, a la llamada “clonación reproductiva"
2.Se permite producir embriones humanos no ya para la reproducción, sino como mero material de investigación. Y se posibilita la comercialización, tráfico y uso industrial de los embriones humanos llamados “sobrantes” de las prácticas de reproducción, ya que no se establece restricción alguna para investigar con ellos, ni se pone límite alguno eficaz a la cantidad que de tales embriones se pueda generar.
“e) Comerciar con preembriones o con sus células, así como su importación o exportación (sic ¡que fuerte!, "exportación e importación"); f) Utilizar industrialmente preembriones, o sus células, si no es con fines estrictamente diagnósticos, terapéuticos o científicos en los términos de esta Ley o de las normas que la desarrollen, y cuando tales fines no puedan alcanzarse por otros medios; g) Utilizar preembriones con fines cosméticos o semejantes (los laboratorios están muuuuy felices ; n) La selección del sexo a la manipulación genética con fines no terapéuticos o terapéuticos no autorizados;(¡como en China y en la India)¡ p) La fusión de preembriones entre sí o cualquier otro procedimiento dirigido a producir quimeras (esto ya lo hizo Mengele, con técnicas más burdas, eso sí: cosía a los gemelos en vivo por la espalda); q) El intercambio genético humano, o recombinado con otras especies, para la producción de híbridos; r) La transferencia de gametos o preembriones humanos en el útero de otra especie animal, o la operación inversa, que no estén autorizadas; s) La ectogénesis o creación de un ser humano individualizado en el laboratorio.”
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